EMPRESAS MULTINACIONALES

La OCDE se pronuncia contra la elusión fiscal

Sus ministros de Finanzas aprobaron medidas para evitar que esas compañías transfieran montos millonarios a jurisdicciones de baja o nula tributación.

La OCDE se pronuncia contra la elusión fiscal
El monto estimado de la elusión anual llega a 240.000 millones de dólares.

 

Los ministros de Finanzas de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo (OCDE) respaldaron las reformas del sistema tributario internacional para frenar la elusión fiscal por parte de empresas multinacionales. En la reunión del G20 celebrada el 8 de octubre en Lima, Perú, aprobaron el paquete definitivo de medidas para llevar a cabo una reforma integral, coherente y coordinada de la normativa tributaria internacional.

Durante la reunión, presidida por el primer ministro turco, Cevdet Yilmaz, dieron pleno apoyo al al Proyecto OCDE/G20 sobre la Erosión de la Base Imponible y el Traslado de Beneficios (BEPS), que ofrece soluciones a los Estados para limitar las lagunas normativas que permiten que los beneficios de las empresas “desaparezcan” o sean trasladados artificialmente hacia jurisdicciones de baja o nula tributación, en las que se desarrolla una actividad escasa o inexistente.

Renovaron también su compromiso para aplicar las medidas BEPS de forma rápida, generalizada y coherente y reiteraron la necesidad de que la OCDE elabore un marco de supervisión inclusivo para principios del 2016, en el que todos los países participen en igualdad de condiciones.

Los ministros acordaron presentar las medidas BEPS ante los jefes de Estado del G20, con ocasión de la cumbre anual que tendrá lugar los días 15 y 16 de noviembre en Antalya (Turquía), para que sean debatidas y ejecutadas.

“La erosión de la base imponible y el traslado de beneficios están detrayendo de nuestras economías los recursos necesarios para reactivar el crecimiento, atajar los efectos de la crisis económica mundial y crear mejores oportunidades para todos”, declaró el secretario general de la OCDE, Ángel Gurría. Y añadió: “El G20 ha reconocido que la erosión de la base imponible y el traslado de beneficios está menoscabando también la confianza de los ciudadanos en la equidad de los sistemas fiscales de todo el mundo, que ha sido la razón por la que se nos solicitó preparar las modificaciones de la normativa fiscal internacional más importantes de casi un siglo. Nuestro objetivo, de cara al futuro, es poner en práctica las medidas de este plan, de forma que las estructuras de planificación fiscal inspiradas en BEPS resulten ineficaces y se cree un entorno más favorable tanto para las empresas como para los ciudadanos”.

El Plan de Acción BEPS, que contempla 15 acciones para poner fin a la elusión fiscal internacional, gira en torno de tres pilares: dotar de coherencia a aquellas normas de derecho interno que abordan actividades transfronterizas; reforzar las exigencias de actividad sustancial en los actuales estándares internacionales para así establecer la conexión entre los tributos y el lugar de realización de las actividades económicas y de creación de valor, y mejorar la transparencia y seguridad jurídica para empresas y administraciones.

Los ingresos perdidos por la utilización de sistemas BEPS se estiman, de forma conservadora, entre 100.000 y 240.000 millones de dólares anuales, lo que representa de 4% a 10% de la recaudación global de impuestos sobre sociedades y una proporción aún más elevada en los países en desarrollo.

El paquete definitivo de medidas BEPS incluye nuevos estándares mínimos que establecen requisitos sobre: los “informes país por país” que, por primera vez, brindarán a las administraciones tributarias una visión global de las operaciones de las empresas multinacionales; la prevención del abuso de los tratados, lo que se conoce como “treaty shopping”, para erradicar el uso de sociedades “canalizadoras de inversiones”; la limitación de las prácticas tributarias perniciosas, principalmente en el ámbito de la propiedad intelectual y mediante el intercambio automático de ciertas determinaciones o acuerdos entre la administración y el contribuyente (“tax rulings”); y, por último, procedimientos de acuerdo mutuo efectivos con el fin de garantizar que la lucha contra la doble no imposición (o desimposición) no genere situaciones de doble imposición.

Además, el paquete BEPS analiza, por un lado, las directrices relativas a la aplicación de las normas de precios de transferencia encaminadas a impedir que los contribuyentes recurran a ciertas entidades, como son las denominadas cash boxes, con el fin de retener los beneficios en países de baja o nula tributación, y, por otro, redefine el concepto clave de “establecimiento permanente (EP)” para poner fin al uso de acuerdos que impiden determinar la existencia de una presencia fiscalmente imponible en un determinado país por remitirse a una definición obsoleta.

 

Publicado el 21-10-2015
Fuente: OCDE / Foto: Freepik.


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